Si tiene un familiar que ha sido ingresado en un centro de enfermería especializada tras una hospitalización, es posible que no sepa que existen normas si el centro pide a un residente que se marche. Lo primero que debe saber es que si se limita a aceptar cualquier razón que se le dé para el alta, entonces se considera "voluntaria", y en esencia renuncia a sus derechos.
Por ello, es bueno saber cuáles son las razones que justifican el alta involuntaria. Éstas se establecen en la legislación federal y están sujetas a revisión en caso de apelación del paciente por parte de una agencia independiente, por lo que el centro no puede tomar la decisión de forma arbitraria por su cuenta.
Las seis razones que justifican el alta son:
- Porque el bienestar del residente y sus necesidades no pueden ser satisfechas por más tiempo.
- Mejora de la salud del residente para que deje de necesitar el centro.
- Se pondría en peligro la salud de otros residentes.
- Seguridad de otros residentes en riesgo debido a su estado clínico o de comportamiento.
- La falta de pago después de un aviso razonable, o la falta de presentación de documentos a un tercero.
- La instalación se cierra.
¿Qué tiene que hacer el centro para dar el alta?
Al ver la lista de motivos, parecería sencillo que el centro afirmara que se cumple uno de los motivos y comenzara el alta. En este punto, usted puede abandonar o rechazar el alta basándose en uno de los motivos. A continuación, el centro tiene la obligación de proporcionar una notificación por escrito, documentación y pruebas que respalden el motivo del alta.
Por ejemplo, si el motivo es que la salud del residente ha mejorado, será necesario que un médico de su elección documente este hecho. Incluso si hay pruebas, también hay que elaborar un "plan de alta" para ayudar a la transición.
Como es de suponer, muchos familiares o residentes desconocen estos derechos y normas y suelen abandonar el centro cuando se les solicita. A muchos pacientes se les dice que "ya no se están rehabilitando", o que "se han acabado los 20 días de cobertura del seguro" como razones para el alta. A muchas familias se les dice simplemente que su madre o padre será dado de alta en un día determinado y que la familia debe venir a recogerlo. Estas no son razones válidas para el alta.
Sin embargo, puedes decir simplemente que no.
Puede asegurarse de que sus derechos están protegidos y hacer valer este proceso de revisión, ya sea por su cuenta o con la ayuda de un abogado que esté familiarizado con este ámbito del derecho de la tercera edad.